Un reciente falló de la Sala II de la Cámara Federal de la Seguridad Social determinó que los jubilados no pueden cobrar menos del 70% del sueldo promedio que cobró mientras trabajaban. Este fallo corresponde la segunda instancia por lo que seguramente será apelado por ANSES ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
Este falló es de vital importancia ya que en caso de que no sea rechazado por la CSJN abrirá la posibilidad de que muchos jubilados inicien Juicios por Reajuste de Haberes ante ANSES para que se le reconozca el dinero no percibido.
En la resolución los magistrados citan múltiples fallos de la Corte para fundamentar dicho fallo, ya que en diferentes oportunidades la misma estableció que los haberes jubilatorios deben mantener una relación proporcionada con lo ingresos activos y pasivos que percibió.
A continuación dejamos un extracto de la sentencia:
«Si al momento de practicarse la liquidación (…) arrojara un monto inferior al 70 % del promedio de las últimas ciento veinte remuneraciones actualizadas, el organismo demandado deberá reconocer al actor la diferencia correspondiente hasta alcanzar este porcentaje mínimo»
A continuación dejamos el análisis realizado por el Dr. Alejandro Scivetti en diferentes medios de comunicación de la ciudad de Córdoba.
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